Los tres componentes clave del derecho humano a la paz.
Estos tres derechos son parte integral de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos de 1948 (1). Sin embargo, el derecho humano a la paz
como un derecho específicamente definido está en proceso de votación desde
principios de la década de 2000.
A continuación, encontrará una visión más completa del derecho
humano a la paz y las referencias a los textos oficiales de cada uno de los
derechos que incluye.
Visión completa de los derechos que componen el derecho humano a
la paz.
1. El derecho a la vida (1)
Esto comprende:
La obligación de los Estados de fortalecer la paz como elemento
esencial del derecho a la vida (4).
El derecho a la seguridad
(1), a la seguridad de la persona.
El derecho al nivel mínimo de subsistencia (5,6).
2. El derecho a la dignidad (1)
Esto comprende:
El derecho a vivir “protegido de la violencia y el miedo” (6).
El derecho a ser protegido de toda discriminación (1)
El derecho a la prevención de conflictos (5).
el derecho a la prevención de la violencia y el uso intensivo de
la fuerza, incluido el de la policía y las instituciones, de manera disuasiva.
3. El derecho a vivir en paz y en una cultura de paz.
Esto comprende:
El derecho al orden, permitiendo el resultado completo de los
derechos (1).
El “derecho a vivir en condiciones de paz y seguridad” (3).
el derecho a “una paz justa, viable y sostenible” (5).
Otros derechos comprendidos en el derecho humano a la vida.
1. El derecho a medidas políticas que fortalezcan la paz.
Esto comprende:
la promoción del diálogo, la mediación, la cooperación y un enfoque
no militar de la seguridad (6 en parte)
El derecho al desarme y la reasignación de recursos (5)
El derecho a un medio ambiente sostenible (como base para la paz)
(5)
el derecho a un recurso efectivo en caso de violación de los
derechos humanos (acceso a la justicia y la verdad, reparación) (5)
el derecho a exigir a las instituciones públicas que rindan
cuentas de su progreso hacia la paz y a proporcionar control judicial sobre el
uso de la fuerza (5,6).
2. El derecho a la educación para la paz y la educación para la
cultura de la paz.
Esto comprende:
El derecho a la paz, la educación y el acceso a técnicas de
resolución de conflictos (5,6).
El derecho a una educación que respete los derechos humanos (5).
La promoción de la investigación en favor de la paz y los derechos
humanos (6).
3. El derecho a la expresión.
Esto comprende:
El derecho a la libertad de expresión (libertad de pensamiento,
conciencia, religión, asociación y reunión pacífica) (5)
El derecho a la participación en actividades que defiendan y
promuevan el derecho humano a la paz (5).
El derecho a resistir y oponerse a la crueldad (guerras, actos de
agresión, crímenes de lesa humanidad, genocidio) (5)
El derecho a oponerse a la propaganda de guerra, incitaciones a la
violencia y violaciones del derecho humano a la paz (2).
El derecho a la objeción de conciencia (5).
El derecho de los grupos vulnerables a participar en la
formulación de medidas de protección contra la violencia a la que están
sometidos (mujeres, minorías ...) (5)
El derecho a exigir que se logre realmente la paz.
4. El derecho a residir y participar.
Esto comprende:
El derecho al estatuto de refugiado (5).
El derecho a emigrar, a establecerse pacíficamente ya participar
(5).
el derecho al desarrollo (el derecho de las personas y las
poblaciones a participar en él) (5).
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(1) Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948.
(2) Tratado Internacional de la ONU, 1966.
(3) Comisión de Derechos Humanos, sección 5, 1976.
(4) Comité de Derechos Humanos, 1984.
(5) Declaración de Luarca, 2006 (reagrupa unos quince derechos
humanos para hacer explícito el derecho humano a la paz, en preparación para su
presentación al Consejo de Derechos Humanos con el objetivo de que sea aprobado
en 2010).
(6) Petición y propuesta para el Estado de Ginebra, Constitución,
2009.
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Para aquellos que deseen tener comentarios y referencias
relacionadas con la promoción de la paz y los derechos fundamentales en la
Constitución de Ginebra, un documento de 6 páginas de Christophe Barbey (*)
ofrece respuestas interesantes: El derecho humano a la paz - Comentarios - Chr.
Barbey - junio de 2009.
(*) Abogado especializado en el derecho a la paz en las
constituciones y uno de los coautores de la Petición dirigida a la Asamblea
Constituyente para la constitución de Ginebra para la promoción de la paz y los
derechos fundamentales; también el coordinador de APRED, una ONG de paz y miembro
de Graines de Paix.
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